
¿Qué es la legalización de instalaciones y cuándo la necesitas?
Legalizar una instalación consiste en presentar ante la Conselleria d’Empresa i Treball la documentación técnica reglamentaria que justifica que esa instalación ha sido ejecutada correctamente, cumple la normativa vigente y puede operar con seguridad. El resultado es la inscripción de la instalación en el Registro de Establecimientos Industriales de la Comunitat Valenciana.
La legalización es necesaria en los siguientes supuestos:
Instalación nueva que supera los umbrales reglamentarios Determinadas instalaciones deben legalizarse antes de entrar en funcionamiento por primera vez, independientemente de su antigüedad. Si se ejecutaron sin tramitar el expediente, están operando fuera de la legalidad.
Instalación existente nunca legalizada Muy frecuente en locales, naves y edificios construidos hace años, donde la instalación se ejecutó sin los trámites correspondientes o bajo normativas ya derogadas que exigían menor documentación.
Modificación o ampliación sustancial de una instalación legalizada Cualquier cambio significativo en potencia, configuración o uso de una instalación ya inscrita puede requerir actualización del expediente. Un nuevo equipo frigorífico, una ampliación del compresor de aire o la sustitución de la unidad de climatización son casos habituales.
Cambio de titularidad de la actividad Al cambiar el titular de una actividad, las instalaciones asociadas deben transferirse o actualizarse en el registro de Industria a nombre del nuevo titular.
Requerimiento de la administración Inspección municipal, autonómica o de la compañía suministradora que exige acreditar la legalización de la instalación para continuar operando o para tramitar otro permiso.
Tipos de instalaciones que legalizamos en Valencia
Legalización de instalación eléctrica de baja tensión
La legalización de la instalación eléctrica ante la Conselleria es obligatoria para industrias con potencia superior a 20 kW, locales de pública concurrencia (bares, restaurantes, gimnasios), talleres con riesgo de incendio, garajes con ventilación forzada y otras tipologías recogidas en el REBT (RD 842/2002). El expediente requiere el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) emitido por el instalador autorizado y, cuando la potencia o el uso lo exige, el proyecto técnico firmado por ingeniero.
Si lo que necesitas es redactar el proyecto eléctrico para una instalación nueva, consulta nuestro servicio de Proyecto Eléctrico en Valencia.
Legalización de instalación de climatización y ventilación (RITE)
El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE, RD 1027/2007) establece la obligación de legalizar ante la Conselleria las instalaciones térmicas de climatización, calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria. Los umbrales que determinan el tipo de documentación exigida son:
- Potencia térmica < 5 kW: sin obligación de documentación
- Entre 5 y 70 kW: certificado de instalación firmado por empresa instaladora habilitada (EI)
- Superior a 70 kW: proyecto técnico firmado por ingeniero + certificado de instalación
En naves industriales, centros comerciales, hoteles y grandes locales de hostelería, la climatización supera habitualmente los 70 kW, lo que hace obligatorio el proyecto. Redactamos el proyecto y tramitamos el expediente completo ante la Conselleria.
Legalización de instalación frigorífica
Las instalaciones frigoríficas (cámaras de conservación, túneles de congelación, equipos de proceso frío industrial) están reguladas por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF, RD 552/2019). La legalización ante la Conselleria es obligatoria para:
- Instalaciones con carga de refrigerante superior a los umbrales del RSIF según el tipo de fluido
- Instalaciones de categoría I, II o III en función de la potencia y el tipo de refrigerante
- Cualquier instalación que utilice refrigerantes del grupo L2 o L3 (inflamables o tóxicos)
El expediente incluye el proyecto técnico cuando la categoría lo exige, el certificado de la empresa instaladora frigorista y el protocolo de pruebas. Es una de las legalizaciones más habituales en instalaciones de hostelería, industria alimentaria y distribución frigorífica en los polígonos de Valencia.
Legalización de instalación de aire comprimido
Las instalaciones de aire comprimido con equipos a presión (compresores, depósitos, redes de distribución) están sujetas al Reglamento de Equipos a Presión (REP, RD 809/2021). La inscripción ante la Conselleria es obligatoria para equipos que superan los umbrales de presión y volumen establecidos en el reglamento. Es especialmente frecuente en talleres mecánicos, industria de fabricación y carpinterías metálicas. El expediente requiere la documentación técnica del equipo y, en muchos casos, la inspección periódica por un Organismo de Control Autorizado (OCA).
Legalización de instalación de protección contra incendios (PCI)
Las instalaciones PCI ya ejecutadas que operan sin legalización requieren el proyecto técnico de la instalación existente y su tramitación ante la Conselleria. Gestionamos la legalización tanto de instalaciones de nueva ejecución como de instalaciones heredadas de otra actividad o reformadas sin actualizar el expediente.
Si necesitas el proyecto PCI para una instalación nueva, consulta nuestro servicio de Proyecto Contra Incendios PCI en Valencia.
Legalización de instalación de productos petrolíferos
Depósitos de gasoil para maquinaria y vehículos, instalaciones de suministro de combustible y depósitos de almacenamiento. Regulados por el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (RD 2085/1994 y sus ITCs). La legalización es obligatoria tanto para depósitos de pared simple (con cubeto de retención) como de pared doble.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la legalización de una instalación en Valencia?
Plazos orientativos
| Tipo de instalación | Documentación técnica | Tramitación Conselleria |
|---|---|---|
| Eléctrica (con proyecto) | 5–8 días hábiles | 15–30 días hábiles |
| Climatización < 70 kW (solo certificado) | 2–4 días hábiles | 10–20 días hábiles |
| Climatización > 70 kW (con proyecto) | 7–10 días hábiles | 20–35 días hábiles |
| Frigorífica | 7–12 días hábiles | 20–40 días hábiles |
| Aire comprimido | 5–8 días hábiles | 15–25 días hábiles |
| PCI (con proyecto) | 8–12 días hábiles | 20–40 días hábiles |
Precios orientativos
El coste depende principalmente de si el expediente requiere proyecto técnico o solo certificado de instalación:
- Legalización con certificado de instalación (sin proyecto): desde 300 € + IVA
- Legalización de instalación eléctrica con proyecto: desde 500 € + IVA
- Legalización de climatización con proyecto (> 70 kW): desde 700 € + IVA
- Legalización de instalación frigorífica: desde 800 € + IVA
- Legalización de aire comprimido: desde 400 € + IVA
- Legalización de PCI con proyecto: desde 1.000 € + IVA
El precio incluye siempre la gestión técnica completa y la tramitación ante la Conselleria. Sin costes ocultos.
Situaciones frecuentes que resolvemos
«Compré o alquilé un local y las instalaciones no están legalizadas a mi nombre» El cambio de titularidad de una actividad no transfiere automáticamente la legalización de las instalaciones. El nuevo titular debe tramitar el cambio ante la Conselleria para cada instalación registrada. Lo gestionamos con la documentación del titular anterior y, si faltan datos, realizamos el diagnóstico técnico necesario para reconstruir el expediente.
«Llevo años funcionando y nunca he legalizado la instalación» Es la situación más habitual que atendemos, especialmente en naves industriales y talleres del área metropolitana de Valencia. La regularización es posible en la mayoría de casos y es urgente hacerla antes de una inspección. Analizamos el estado de la instalación, identificamos qué hay que corregir si procede, y tramitamos el expediente.
«La Conselleria me ha requerido que legalice la instalación en un plazo determinado» En estos casos actuamos con prioridad. Contacta directamente por teléfono para que podamos organizar la visita técnica y la redacción de documentación en el menor plazo posible.
«Quiero ampliar mi instalación de frío / climatización / aire comprimido y me dicen que primero tengo que legalizar la existente» Correcto: no se puede tramitar la ampliación de una instalación no inscrita. Legalizamos primero la instalación existente y a continuación tramitamos la ampliación, coordinando ambos expedientes para optimizar el proceso.
«Mi instalador me ha dicho que no puede emitir el certificado porque la instalación tiene deficiencias» Es una situación delicada pero resoluble. Primero identificamos exactamente qué deficiencias presenta la instalación, valoramos el coste de corrección y te damos opciones. En algunos casos las deficiencias son menores y subsanables sin grandes inversiones; en otros es necesaria una adecuación más significativa. Siempre te informamos antes de que tomes ninguna decisión.
