Legalización de Instalaciones en Valencia

Tienes una instalación ejecutada — eléctrica, de climatización, frigorífica, de aire comprimido o contra incendios — que no ha sido legalizada o que opera sin la documentación reglamentaria en regla. En GNB Ingeniería redactamos la documentación técnica necesaria y tramitamos el expediente completo ante el Servicio Territorial de Industria y Energía de la Conselleria d’Empresa i Treball de la Generalitat Valenciana.
Sin instalación legalizada no puedes obtener ni mantener la licencia de actividad, y te expones a sanciones en caso de inspección. Lo regularizamos con la mínima complicación para ti.

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¿Qué es la legalización de instalaciones y cuándo la necesitas?

Legalizar una instalación consiste en presentar ante la Conselleria d’Empresa i Treball la documentación técnica reglamentaria que justifica que esa instalación ha sido ejecutada correctamente, cumple la normativa vigente y puede operar con seguridad. El resultado es la inscripción de la instalación en el Registro de Establecimientos Industriales de la Comunitat Valenciana.

La legalización es necesaria en los siguientes supuestos:

Instalación nueva que supera los umbrales reglamentarios Determinadas instalaciones deben legalizarse antes de entrar en funcionamiento por primera vez, independientemente de su antigüedad. Si se ejecutaron sin tramitar el expediente, están operando fuera de la legalidad.

Instalación existente nunca legalizada Muy frecuente en locales, naves y edificios construidos hace años, donde la instalación se ejecutó sin los trámites correspondientes o bajo normativas ya derogadas que exigían menor documentación.

Modificación o ampliación sustancial de una instalación legalizada Cualquier cambio significativo en potencia, configuración o uso de una instalación ya inscrita puede requerir actualización del expediente. Un nuevo equipo frigorífico, una ampliación del compresor de aire o la sustitución de la unidad de climatización son casos habituales.

Cambio de titularidad de la actividad Al cambiar el titular de una actividad, las instalaciones asociadas deben transferirse o actualizarse en el registro de Industria a nombre del nuevo titular.

Requerimiento de la administración Inspección municipal, autonómica o de la compañía suministradora que exige acreditar la legalización de la instalación para continuar operando o para tramitar otro permiso.

Tipos de instalaciones que legalizamos en Valencia

Legalización de instalación eléctrica de baja tensión

La legalización de la instalación eléctrica ante la Conselleria es obligatoria para industrias con potencia superior a 20 kW, locales de pública concurrencia (bares, restaurantes, gimnasios), talleres con riesgo de incendio, garajes con ventilación forzada y otras tipologías recogidas en el REBT (RD 842/2002). El expediente requiere el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) emitido por el instalador autorizado y, cuando la potencia o el uso lo exige, el proyecto técnico firmado por ingeniero.

Si lo que necesitas es redactar el proyecto eléctrico para una instalación nueva, consulta nuestro servicio de Proyecto Eléctrico en Valencia.

Legalización de instalación de climatización y ventilación (RITE)

El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE, RD 1027/2007) establece la obligación de legalizar ante la Conselleria las instalaciones térmicas de climatización, calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria. Los umbrales que determinan el tipo de documentación exigida son:

  • Potencia térmica < 5 kW: sin obligación de documentación
  • Entre 5 y 70 kW: certificado de instalación firmado por empresa instaladora habilitada (EI)
  • Superior a 70 kW: proyecto técnico firmado por ingeniero + certificado de instalación

En naves industriales, centros comerciales, hoteles y grandes locales de hostelería, la climatización supera habitualmente los 70 kW, lo que hace obligatorio el proyecto. Redactamos el proyecto y tramitamos el expediente completo ante la Conselleria.

Legalización de instalación frigorífica

Las instalaciones frigoríficas (cámaras de conservación, túneles de congelación, equipos de proceso frío industrial) están reguladas por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF, RD 552/2019). La legalización ante la Conselleria es obligatoria para:

  • Instalaciones con carga de refrigerante superior a los umbrales del RSIF según el tipo de fluido
  • Instalaciones de categoría I, II o III en función de la potencia y el tipo de refrigerante
  • Cualquier instalación que utilice refrigerantes del grupo L2 o L3 (inflamables o tóxicos)

El expediente incluye el proyecto técnico cuando la categoría lo exige, el certificado de la empresa instaladora frigorista y el protocolo de pruebas. Es una de las legalizaciones más habituales en instalaciones de hostelería, industria alimentaria y distribución frigorífica en los polígonos de Valencia.

Legalización de instalación de aire comprimido

Las instalaciones de aire comprimido con equipos a presión (compresores, depósitos, redes de distribución) están sujetas al Reglamento de Equipos a Presión (REP, RD 809/2021). La inscripción ante la Conselleria es obligatoria para equipos que superan los umbrales de presión y volumen establecidos en el reglamento. Es especialmente frecuente en talleres mecánicos, industria de fabricación y carpinterías metálicas. El expediente requiere la documentación técnica del equipo y, en muchos casos, la inspección periódica por un Organismo de Control Autorizado (OCA).

Legalización de instalación de protección contra incendios (PCI)

Las instalaciones PCI ya ejecutadas que operan sin legalización requieren el proyecto técnico de la instalación existente y su tramitación ante la Conselleria. Gestionamos la legalización tanto de instalaciones de nueva ejecución como de instalaciones heredadas de otra actividad o reformadas sin actualizar el expediente.

Si necesitas el proyecto PCI para una instalación nueva, consulta nuestro servicio de Proyecto Contra Incendios PCI en Valencia.

Legalización de instalación de productos petrolíferos

Depósitos de gasoil para maquinaria y vehículos, instalaciones de suministro de combustible y depósitos de almacenamiento. Regulados por el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (RD 2085/1994 y sus ITCs). La legalización es obligatoria tanto para depósitos de pared simple (con cubeto de retención) como de pared doble.

¿Qué incluye nuestro servicio de legalización?

El alcance varía según el tipo de instalación y su estado, pero el servicio de GNB Ingeniería incluye siempre:

01

Diagnóstico previo gratuito

Determinamos exactamente qué documentación exige la Conselleria para tu instalación concreta, si necesitas proyecto técnico o basta con el certificado de instalación, y si hay aspectos de la instalación existente que deben corregirse antes de presentar el expediente.

02

Proyecto técnico cuando es preceptivo

Para las instalaciones que superan los umbrales reglamentarios, redactamos el proyecto completo: memoria descriptiva, cálculos justificativos, planos y pliego de condiciones, firmado por ingeniero colegiado.

03

Coordinación con el instalador autorizado

En los casos en que la instalación existente requiere revisión o adecuación antes de la legalización, coordinamos con la empresa instaladora habilitada para que emita la certificación correspondiente en las condiciones correctas.

04

Tramitación completa ante la Conselleria

Presentación telemática del expediente a través de ARGOS, gestión de requerimientos y seguimiento hasta la inscripción de la instalación en el Registro de Establecimientos Industriales.

05

Informe de estado previo

cuando se solicita)
Para instalaciones antiguas o de titularidad heredada, realizamos una revisión técnica previa que identifica las discrepancias entre el estado real de la instalación y los requisitos reglamentarios actuales, y te informamos de qué hay que corregir antes de proceder.

Cómo trabajamos: del diagnóstico a la inscripción

01

Consulta inicial gratuita

Nos describes la instalación, el local o nave, el municipio y la situación actual (nunca legalizada, cambio de titularidad, requerimiento administrativo…). En menos de 24 horas te confirmamos el procedimiento aplicable y el presupuesto.

02

Diagnóstico técnico y revisión documental

Analizamos la documentación existente de la instalación (si la hay) y determinamos si es necesaria una visita técnica al emplazamiento. Identificamos las posibles discrepancias con la normativa vigente.

03

Redacción de la documentación técnica

Elaboramos el proyecto técnico cuando es preceptivo, o coordinamos con el instalador autorizado la emisión del certificado de instalación en los casos que no lo requieren. Plazo habitual: 7 a 12 días hábiles.

04

Presentación ante la Conselleria

Presentamos el expediente completo a través de ARGOS y hacemos el seguimiento activo, respondiendo cualquier requerimiento de documentación adicional.

05

Inscripción y entrega de documentación

Una vez inscrita la instalación en el Registro de Establecimientos Industriales, te entregamos toda la documentación acreditativa para tus archivos y para los trámites que lo hayan motivado (licencia de actividad, inspección, cambio de titularidad).

06

Resolución y apertura

Una vez obtenida la resolución la actividad puede iniciar su funcionamiento. Si adicionalmente necesitas licencia de obras o comunicación de inicio de actividad, te indicamos los pasos siguientes.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la legalización de una instalación en Valencia?

Plazos orientativos

Tipo de instalaciónDocumentación técnicaTramitación Conselleria
Eléctrica (con proyecto)5–8 días hábiles15–30 días hábiles
Climatización < 70 kW (solo certificado)2–4 días hábiles10–20 días hábiles
Climatización > 70 kW (con proyecto)7–10 días hábiles20–35 días hábiles
Frigorífica7–12 días hábiles20–40 días hábiles
Aire comprimido5–8 días hábiles15–25 días hábiles
PCI (con proyecto)8–12 días hábiles20–40 días hábiles

Precios orientativos

El coste depende principalmente de si el expediente requiere proyecto técnico o solo certificado de instalación:

  • Legalización con certificado de instalación (sin proyecto): desde 300 € + IVA
  • Legalización de instalación eléctrica con proyecto: desde 500 € + IVA
  • Legalización de climatización con proyecto (> 70 kW): desde 700 € + IVA
  • Legalización de instalación frigorífica: desde 800 € + IVA
  • Legalización de aire comprimido: desde 400 € + IVA
  • Legalización de PCI con proyecto: desde 1.000 € + IVA

El precio incluye siempre la gestión técnica completa y la tramitación ante la Conselleria. Sin costes ocultos.

Situaciones frecuentes que resolvemos

«Compré o alquilé un local y las instalaciones no están legalizadas a mi nombre» El cambio de titularidad de una actividad no transfiere automáticamente la legalización de las instalaciones. El nuevo titular debe tramitar el cambio ante la Conselleria para cada instalación registrada. Lo gestionamos con la documentación del titular anterior y, si faltan datos, realizamos el diagnóstico técnico necesario para reconstruir el expediente.

«Llevo años funcionando y nunca he legalizado la instalación» Es la situación más habitual que atendemos, especialmente en naves industriales y talleres del área metropolitana de Valencia. La regularización es posible en la mayoría de casos y es urgente hacerla antes de una inspección. Analizamos el estado de la instalación, identificamos qué hay que corregir si procede, y tramitamos el expediente.

«La Conselleria me ha requerido que legalice la instalación en un plazo determinado» En estos casos actuamos con prioridad. Contacta directamente por teléfono para que podamos organizar la visita técnica y la redacción de documentación en el menor plazo posible.

«Quiero ampliar mi instalación de frío / climatización / aire comprimido y me dicen que primero tengo que legalizar la existente» Correcto: no se puede tramitar la ampliación de una instalación no inscrita. Legalizamos primero la instalación existente y a continuación tramitamos la ampliación, coordinando ambos expedientes para optimizar el proceso.

«Mi instalador me ha dicho que no puede emitir el certificado porque la instalación tiene deficiencias» Es una situación delicada pero resoluble. Primero identificamos exactamente qué deficiencias presenta la instalación, valoramos el coste de corrección y te damos opciones. En algunos casos las deficiencias son menores y subsanables sin grandes inversiones; en otros es necesaria una adecuación más significativa. Siempre te informamos antes de que tomes ninguna decisión.

Preguntas frecuentes sobre legalización de instalaciones en Valencia

Necesitas legalizar una instalación en Valencia?

Cuéntanos qué tipo de instalación tienes, el municipio y tu situación actual. Te confirmamos el trámite exacto y el presupuesto en menos de 24 horas.

Número de teléfono

656951615

Correo electrónico

info@gnbingenieria.com

Horas de trabajo

Lun a Sáb: 8 AM a 6 PM

Domingo: Cerrado

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