
Decenas de instalaciones fotovoltaicas legalizadas en toda la Comunidad Valenciana.
¿Qué es la legalización de placas solares y por qué es obligatoria?
La legalización de placas solares es el trámite mediante el cual se registra oficialmente una instalación de autoconsumo fotovoltaico ante Industria.
Este proceso certifica que:
- La instalación cumple la normativa técnica
- Se han realizado las verificaciones necesarias
- Puede operar legalmente y sin riesgos
Sin legalización:
- La instalación no es legal
- Puedes tener problemas con la distribuidora
- No podrás compensar excedentes
- Te expones a sanciones


Cómo se legalizan las placas solares en Alicante ante Industria
En la provincia de Alicante, la legalización de una instalación de autoconsumo se tramita ante el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante (C/ Churruca, 29), de la Generalitat Valenciana. La comunicación se presenta de forma telemática y solo puede hacerla un instalador habilitado: en GNB Ingeniería la preparamos y la presentamos por ti.
La documentación cambia según la potencia instalada:
Instalaciones de hasta 10 kW
- Memoria técnica de diseño (modelo MTDAC).
- Certificado de instalación eléctrica en baja tensión, emitido por la empresa instaladora habilitada.
- Comunicación de alta (modelo COMUBTAC), indicando si te acoges a la compensación de excedentes.
- Documentación del inversor que acredite la protección frente al funcionamiento en isla y, si la instalación no tiene excedentes, evaluación del sistema antivertido (ITC-BT-40).
Instalaciones de más de 10 kW
- Proyecto técnico firmado por técnico competente.
- Certificado de dirección y terminación de obra.
- Permisos de acceso y conexión de la distribuidora, salvo en instalaciones sin excedentes o de hasta 15 kW con excedentes en suelo urbanizado.
- Certificado de inspección inicial, cuando proceda.
Una vez comunicada el alta, la Generalitat inscribe de oficio la instalación en el Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica y comunica a la distribuidora que te acoges al autoconsumo. Puedes consultar las fichas oficiales del trámite para instalaciones de hasta 10 kW y para instalaciones de más de 10 kW en la sede electrónica de la Generalitat.
¿Necesitas permiso del Ayuntamiento de Alicante para instalar placas solares?
Además del trámite de Industria, la instalación necesita su título urbanístico municipal. En la Comunitat Valenciana, las instalaciones solares en edificaciones privadas existentes se tramitan mediante declaración responsable y no mediante licencia de obras, según el artículo 14.7 del Decreto-ley 14/2020.
La declaración responsable que se presenta en el Ayuntamiento de Alicante debe acompañarse de (artículo 14.8):
- Acreditación de la identidad del promotor y del resto de agentes de la edificación.
- Descripción gráfica y escrita de la actuación y su ubicación y, cuando la obra lo requiera, proyecto firmado por técnico competente con informe que acredite el cumplimiento de la normativa.
- Documentación exigida por la normativa ambiental, cuando proceda.
- Plazo de inicio de la obra y medidas sobre evacuación de escombros y uso de la vía pública.
Hay casos que requieren un estudio previo: los edificios con protección patrimonial, en los que la instalación debe cumplir la normativa de patrimonio cultural, y las edificaciones construidas sin licencia, que siguen un régimen específico. Antes de presentar nada comprobamos la situación urbanística del inmueble. Si las placas forman parte de la adecuación de un local para abrir un negocio, coordinamos el trámite con la licencia de actividad en Alicante.
Bonificación del IBI por placas solares en Alicante
La Ordenanza Fiscal del IBI del Ayuntamiento de Alicante (artículo 4º.2.2) contempla una bonificación de hasta el 50 % de la cuota para inmuebles de uso residencial que instalen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. Se aplica durante los tres periodos impositivos siguientes a la instalación y tiene efectos en el ejercicio siguiente al de la solicitud.
Según el modelo de solicitud del Ayuntamiento de Alicante, hay que aportar:
- Licencia urbanística de obras o autorización municipal equivalente.
- Justificante del pago de las tasas y del ICIO.
- Certificado final de obras.
- Factura o certificado del coste de la instalación.
- Proyecto técnico si la instalación fotovoltaica supera los 10 kW, o memoria técnica si no los supera.
- Certificado de instalación diligenciado por el organismo oficial.
Casi toda esa documentación sale de la legalización, así que hacerla bien desde el principio te permite pedir la bonificación sin rehacer papeles. Las condiciones pueden cambiar con cada ordenanza fiscal: te confirmamos las vigentes al estudiar tu caso.
Ingeniero responsable de tu legalización
Las memorias y proyectos técnicos de tu instalación los firma David González Ballesteros, Ingeniero Técnico Industrial colegiado n.º 12127 del COGITICV, que revisa cada expediente antes de presentarlo ante Industria.
Además de las placas solares en Alicante, tramitamos la legalización de placas solares en Valencia, Castellón y Elche, la legalización de otras instalaciones y proyectos eléctricos para viviendas, comercios e industrias.
